Carta certificada de la Comunidad de Madrid. Horror. ¿Qué querrán esta vez? Me va a costar dinero, fijo. "Notificación de denuncia e incoación de expediente sancionador". Me cag...!%@$#€! "100€" Pero si yo... "Circular a 77km/h. Límite 70km/h" Serán €%!#@. 77km/h. ¿Qué carajo puede pasar a 77km/h? "Documentación complementaria" La foto de la culata de mi coche. 5 carriles. ¿Dónde es esto? "Multa Radar C. Lim 70km/h. Lugar M-30" Los @&!*% túneles. A 70 en una calle de 5 carriles. Sólo lo hacen para recaudar. Para luego repartírselo en sobres. Ahora mismo los pongo a parir en Twitter.
Y hasta aquí el minuto en mi cabeza, y en la de muchos en mi lugar. Ese que va desde que recibes la carta hasta que abres Twitter para quejarte. Pero entonces, y por si acaso estaba hablando de más y el radar sí que tenía sentido, antes de quejarme, pregunto:
Expertos en movilidad de mi TL.Me han cascado 100€ por ir a 77km/h en los túneles de la M30.El afán d ese radar es recaudatorio o protector?
— rafapacheco.com (@rafapachecocom) marzo 31, 2015
Y es cuando Marta Serrano (Ingeniera de Caminos especializada en transporte) y Adrián Fernández (Ingeniero Técnico de Obras Públicas especializado en transporte urbano) me explican el porqué de ese límite de velocidad a 70km/h en los túneles de la M-30 y el porqué de ese radar.
"La velocidad límite en cualquier carretera está supeditada a la seguridad de la vía; concretamente, al ser un túnel, los requisitos para garantizar la circulación en condiciones de comodidad y seguridad son mayores. En toda carretera se debe asegurar la Distancia de Visibilidad de Parada (DVP), es decir, que si hay un objeto inmovilizado en la vía, el vehículo debe ser capaz de detenerse aun yendo a la velocidad máxima autorizada. En los túneles como este, en la M30, la corta distancia a los muros, sin apenas arcén, supone que la DVP sea muy baja en algunos puntos, lo que restringe la posibilidad de límites de velocidad mayores. A 70km/h la normativa indica que el vehículo debe tener mínimo 100 metros de visibilidad para poder frenar. A 80km/h se iría a 120m.
Incluso en zonas con varios carriles, las curvas, las incorporaciones o las bifurcaciones, cuyos carriles de acceso se encuentran muy cercanos entre sí, hacen que esta DVP se quede en muy pocos metros. Por ejemplo, en la siguiente imagen el conductor debe ser capaz de poder parar si nada más girar o nada más salir del túnel existiera una retención de tráfico." Me explican.
¿Y qué hago yo ante semejante explicación irrefutable? Pues pagar mi multa (50€ por pronto pago) y, sobre todo, dejar de estar enfadado. Me han multado, ok, pero lo han hecho con razón. Tiene una explicación seria y real. No me siento estafado. Y aquí viene la clave. Que ya no me siento estafado cuando hasta hace nada sí me sentía así. Pues bien apliquemos este sencillo ejemplo. En dos frentes.
1. Señores de las AAPP, igual que me mandan una foto para demostrarme que es mi coche, mándenme una pequeña explicación de porqué me han multado, de porqué es necesario ese radar y porqué se me debe penalizar por ir a 77km/h, de porqué estoy poniendo en peligro mi integridad física y la de los demás al ir a esa velocidad. Es tan sencillo como incluir dos pequeños párrafos en la documentación complementaria. Por ejemplo en la parte de atrás del folio que lleva la imagen de mi coche. Parece un cambio sin importancia, pero evita cabrear al ciudadano. No cuesta nada, y frena el continuo desgaste de la relación entre la población y las instituciones.
2. Ciudadanos (me incluyo), procuremos informarnos un poco antes de poner el grito en el cielo. Quejarse está bien (yo os animo a hacerlo constantemente), pero hacerlo sin los mínimos conocimientos a veces significa ponernos en evidencia.